La calculadora de impuestos sobre ganancias patrimoniales calcula el IRPF que debe pagar sobre una ganancia patrimonial antes de decidir si vende. Introduzca el valor de compra, el valor de venta, los gastos y las pérdidas pendientes que pueda compensar. Devuelve el IRPF a pagar, la ganancia neta, el tipo marginal y el tipo efectivo, con los tramos de la base del ahorro de 2026.
Una sola compraventa: introduzca el valor de compra, el valor de venta y los gastos.
Solo con fines educativos, no es asesoramiento fiscal. Leer todo
Esta calculadora es informativa y no constituye asesoramiento fiscal. Aplica la normativa del IRPF español vigente para el ejercicio 2026 en territorio común: los tramos de la base del ahorro del 19 %, 21 %, 23 %, 27 % y 30 % (arts. 66 y 76 de la Ley 35/2006, según la redacción de la Ley 7/2024). No cubre los regímenes forales del País Vasco y Navarra, que tienen sus propias escalas; el mínimo personal y familiar aplicado a la base del ahorro; las retenciones practicadas por su intermediario; los coeficientes de abatimiento de bienes anteriores a 1995; la exención por reinversión en rentas vitalicias; el traspaso entre fondos de inversión; el Impuesto sobre Transacciones Financieras ni el Impuesto sobre el Patrimonio. No reconstruye sus lotes: el criterio FIFO (art. 37.2 LIRPF) debe aplicarlo usted al introducir el valor de compra. Tampoco verifica la antigüedad de las pérdidas pendientes, que solo son compensables durante cuatro ejercicios. Sobre la regla de los dos meses (art. 33.5.f LIRPF): se aplica a valores admitidos a negociación. Si vendió con pérdidas y recompró valores homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores, esa pérdida no se computa este año; no se pierde y tampoco se suma al coste de los valores recomprados: queda en suspenso y se integra a medida que vaya transmitiendo los valores que permanezcan en su cartera (art. 33.5, último párrafo). Para valores no admitidos a negociación, el plazo no es de dos meses sino de un año (art. 33.5.g), supuesto que esta calculadora no contempla. El resultado es una estimación. Para su caso concreto, consulte a un asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria.Sobre una ganancia patrimonial de 2960,00 € paga 562,40 € de IRPF (19,00% de tipo efectivo): le quedan 2397,60 €.
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Estos resultados son estimaciones con fines exclusivamente educativos y no constituyen asesoramiento financiero, de inversión o fiscal.