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Calculadora de impuestos del trading

La calculadora de impuestos del trading calcula el IRPF de su saldo anual de operaciones antes de cerrar el ejercicio. Introduzca las ganancias y pérdidas del año, las comisiones y las pérdidas pendientes de años anteriores. Devuelve el IRPF a pagar, el saldo neto tras impuesto y el tipo efectivo, con los tramos del ahorro de 2026 y la regla de los dos meses.

Opciones avanzadas
IRPF a pagar
2295,00 €
tipo marginal 21% · saldo anual de 11.500,00 € · tipo efectivo 19,96%
Solo con fines educativos, no es asesoramiento fiscal. Leer todo Esta calculadora es informativa y no constituye asesoramiento fiscal. Aplica la normativa del IRPF español vigente para el ejercicio 2026 en territorio común: los tramos de la base del ahorro del 19 %, 21 %, 23 %, 27 % y 30 % (arts. 66 y 76 de la Ley 35/2006, según la redacción de la Ley 7/2024). No existe una "tasa sobre el day trading": es la misma ganancia o pérdida patrimonial del art. 33-37 LIRPF, sin ningún régimen especial por operar con frecuencia. Asume que opera con capital propio y que su actividad no constituye actividad económica en el sentido del art. 27 LIRPF: ese límite es casuístico y no depende de umbrales fijos de operaciones o volumen, pese a lo que se lee con frecuencia. No cubre las cuentas fondeadas ni las prop firms, cuya calificación fiscal no está consolidada. La regla de los dos meses (art. 33.5.f LIRPF) se aplica a acciones y ETF admitidos a negociación; en derivados (CFD, futuros, opciones) no se aplica, porque la norma se refiere a valores admitidos a negociación y no a instrumentos financieros — es una interpretación literal de la ley, no un criterio expreso de la Dirección General de Tributos. El importe afectado debe indicarlo usted, y la pérdida no computada queda en suspenso: se integrará a medida que transmita los valores que le queden en cartera. En CFD, los intereses de financiación de la posición (overnight) no son computables para determinar la ganancia o pérdida patrimonial (consultas DGT V2076-07 y V0076-09): no los incluya en el campo de comisiones. Tampoco cubre los regímenes forales, el mínimo personal y familiar, las retenciones, el Impuesto sobre Transacciones Financieras ni el Impuesto sobre el Patrimonio. El resultado es una estimación. Para su caso concreto, consulte a un asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria.
Saldo del año
11.500,00 €
Neto tras impuesto
9205,00 €
Tipo marginal
21%
Tipo efectivo
19,96%

El saldo de su año es 11.500,00 €: paga 2295,00 € de IRPF (19,96% de tipo efectivo) y le quedan 9205,00 €.

Mostrar el cálculo
Saldo 11.500,00 € = 20.000 € − 8000 € − 500 €; impuesto 2295,00 € = escala(11.500,00 €) − escala(0 €)
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Valorado con 90/100 por InvestinGoal
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Filippo Ucchino Revisado por Filippo Ucchino Fundador, InvestinGoal

Estos resultados son estimaciones con fines exclusivamente educativos y no constituyen asesoramiento financiero, de inversión o fiscal.

Estimación informativa, no asesoramiento fiscal. El cálculo se refiere a España, territorio común, al ejercicio 2026, y a una persona física residente que opera con capital propio sin actividad económica en el sentido del art. 27 LIRPF. No existe una «tasa sobre el day trading»: es la misma ganancia o pérdida patrimonial de los arts. 33 a 37 LIRPF, en la misma base del ahorro. Antes de declarar, verifique su caso con un asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria.

¿Qué es una calculadora de impuestos del trading?

Una calculadora de impuestos del trading es una herramienta que calcula el IRPF sobre el saldo anual de un trader particular, sumando algebraicamente todas las operaciones cerradas en el año, en vez de calcular el impuesto operación por operación. En España no existe un régimen especial para quien opera con frecuencia: el resultado es la misma ganancia o pérdida patrimonial que genera la venta de una acción, en la misma base del ahorro, con la misma escala progresiva del 19 % al 30 %.

Lo que distingue a esta calculadora de la de ganancias patrimoniales no es el impuesto, sino la unidad de cálculo: aquí se trabaja sobre el saldo del año entero, ganancias menos pérdidas menos comisiones, con derivados incluidos (CFD, futuros, opciones, forex), y sobre ese saldo actúa la regla de los dos meses (art. 33.5.f LIRPF) cuando ha recomprado valores homogéneos tras una venta con pérdidas.

La calculadora convierte las ganancias, las pérdidas, las comisiones y las pérdidas pendientes en tres respuestas: cuánto paga a Hacienda, cuánto le queda del saldo del año y qué tipo efectivo ha pagado de verdad sobre su resultado de trading.

¿Por qué es importante la calculadora de impuestos del trading para quien opera con frecuencia?

La calculadora de impuestos del trading es importante para quien opera con frecuencia porque no existen umbrales fijos que conviertan a un retail en empresario: las cifras que circulan, como «más de 100 operaciones al año» o «más de 40.000 € de volumen», no tienen base normativa. El criterio de la ley (art. 27 LIRPF) es casuístico, y quien no organiza su actividad como una empresa sigue tributando en la base del ahorro, aunque opere a diario.

La regla que más sorprende al trader frecuente es la de los dos meses: si vende con pérdidas acciones o ETF admitidos a negociación y recompra valores homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores, esa pérdida no se computa ese año. Para quien opera con frecuencia, recomprar es la normalidad, así que puede acabar pagando más impuesto del que esperaría por el mismo resultado económico. En derivados (CFD, futuros, opciones) esa regla no se aplica, según el tenor literal de la norma, aunque no exista un criterio de la Dirección General de Tributos que lo confirme de forma expresa.

El momento en que la calculadora sirve de verdad es antes de cerrar el ejercicio: saber si una recompra reciente va a excluir una pérdida del cómputo cambia la decisión de cuándo materializarla, y es parte del mismo criterio con el que se hace trading online de forma disciplinada.

¿Cómo se usa la calculadora de impuestos del trading?

Para usar la calculadora de impuestos del trading, elija el tipo de instrumento, introduzca las ganancias del año, las pérdidas del año, las comisiones del año, las pérdidas por recompra y las pérdidas pendientes; la herramienta devuelve el IRPF a pagar, el saldo neto tras impuesto y el tipo efectivo.

Los pasos para usar la calculadora de impuestos del trading se enumeran a continuación:

  1. Elija el tipo de instrumento. «Acciones y ETF» o «Derivados (CFD, futuros)»: la regla de los dos meses solo puede aplicarse a acciones y ETF admitidos a negociación.
  2. Introduzca las ganancias del año. La suma de todas las operaciones cerradas con ganancia, derivados incluidos.
  3. Introduzca las pérdidas del año. La suma de todas las operaciones cerradas con pérdida, en valor absoluto.
  4. Introduzca las comisiones del año. Comisiones y gastos del bróker. No incluya los intereses de financiación overnight de los CFD: no son computables (consultas DGT V2076-07 y V0076-09).
  5. Introduzca las pérdidas por recompra. La parte de sus pérdidas no computable porque recompró valores homogéneos en los dos meses siguientes o anteriores. Se desactiva automáticamente si elige «Derivados».
  6. Introduzca las pérdidas pendientes. Realizadas en los cuatro ejercicios anteriores, en el mismo comparto que sus acciones y criptomonedas.

Un campo avanzado completa el cuadro: «Dividendos e intereses» sitúa el saldo en el tramo correcto y activa el límite del 25 % de compensación. Todos los importes están en euros. Cada pulsación de Calcular actualiza el impuesto, el saldo neto y el tipo efectivo, así puede comprobar el efecto de una recompra antes de cerrarla.

¿Qué fórmula usa la calculadora de impuestos del trading?

La calculadora de impuestos del trading usa la misma escala progresiva que la de ganancias patrimoniales, aplicada al saldo del año en vez de a una sola operación.

saldo=gananciaspérdidas computablescomisiones impuesto=escala(base del ahorro)escala(dividendos)

En estas fórmulas ganancias y pérdidas son la suma algebraica de todas las operaciones del año, pérdidas computables excluye la parte afectada por la regla de los dos meses, y la base del ahorro combina el saldo del año (ya compensado con pérdidas pendientes) con sus dividendos e intereses, hasta el límite del 25 % cuando el saldo es negativo.

Con los valores de partida, ganancias de 20.000,00 €, pérdidas de 8.000,00 € y 500,00 € de comisiones dan un saldo de 11.500,00 €, y el impuesto sobre esa base es 2.295,00 €.

¿Cuál es un ejemplo de cálculo de impuestos del trading?

Un ejemplo de cálculo de impuestos del trading es un año con 20.000,00 € de ganancias, 8.000,00 € de pérdidas y 500,00 € de comisiones, que produce un IRPF de 2.295,00 €, calculado como sigue:

  1. Calcule el saldo del año. 20.000,00 € − 8.000,00 € − 500,00 € = 11.500,00 €.
  2. Determine la base del ahorro. Sin dividendos ni pérdidas pendientes, la base coincide con el saldo: 11.500,00 €, a caballo entre el primer tramo y el segundo.
  3. Aplique la escala por tramos. 1.140,00 € + 21 % de 5.500,00 € = 2.295,00 €.
  4. Lea el neto. 11.500,00 € − 2.295,00 € = 9.205,00 €, con un tipo efectivo del 19,96 %.

La regla de los dos meses cambia el resultado de forma drástica: con los mismos números pero con 8.000,00 € de pérdidas por recompra, ninguna pérdida es computable, el saldo sube a 19.500,00 € y el impuesto a 3.975,00 €, es decir, 1.680,00 € más pagando por el mismo resultado económico. Con «Tipo de instrumento» en «Derivados», ese mismo campo se desactiva y el resultado vuelve a ser el de 2.295,00 €, porque la regla no se aplica a los derivados según el tenor literal de la norma.

¿Cómo se lee el resultado de la calculadora de impuestos del trading?

Lea el resultado de la calculadora de impuestos del trading empezando por el IRPF a pagar, y comparándolo con el saldo neto tras impuesto y el tipo efectivo, calculado sobre el saldo del año, no sobre la base. En el caso base el impuesto es 2.295,00 €, el neto es 9.205,00 € y el tipo efectivo es 19,96 %.

Resultado mostradoQué significaQué hacer antes de declarar
IRPF positivo, sin pérdida en suspensoSaldo del año plenamente computableCompare el neto con su objetivo de rentabilidad anual
IRPF más alto de lo esperadoLa regla de los dos meses ha excluido parte de sus pérdidasRevise si esas pérdidas provienen de recompras en acciones o ETF, no de derivados
IRPF 0,00 € con pérdidas pendientes residualesEl saldo del año ha sido absorbido por pérdidas pendientesAnote el residuo y el año de caducidad: cuatro ejercicios desde el de origen
Ahorro fiscal (IRPF negativo)Un saldo negativo ha compensado hasta un 25 % de sus dividendos e interesesMuéstrelo como ahorro fiscal, nunca como impuesto negativo
Saldo en pérdidasSin IRPF este añoDeclare la pérdida patrimonial para poder compensarla en los cuatro ejercicios siguientes

¿Cuáles son los límites de la calculadora de impuestos del trading?

El límite principal de la calculadora de impuestos del trading es que asume que opera con capital propio y que su actividad no constituye actividad económica en el sentido del art. 27 LIRPF, un límite casuístico que no depende de umbrales fijos de operaciones o volumen, pese a lo que se lee con frecuencia.

Quedan fuera del cálculo, y deben considerarse aparte, los puntos siguientes:

  • Las cuentas fondeadas y las prop firms, cuya calificación fiscal (rendimiento de actividad económica, rendimiento del trabajo o ganancia patrimonial) no está consolidada. No modeladas.
  • Los intereses de financiación de la posición en CFD (overnight), que según las consultas DGT V2076-07 y V0076-09 no son computables para determinar la ganancia o pérdida patrimonial: no deben incluirse en el campo de comisiones.
  • La regla del año sobre valores no admitidos a negociación (art. 33.5.g LIRPF): un año, no dos meses, para fondos no cotizados o participaciones no cotizadas.
  • La integración progresiva de la pérdida en suspenso: la herramienta le dice cuánto queda en suspenso, no cuándo aflorará.
  • Los regímenes forales, el mínimo personal y familiar, las retenciones, el Impuesto sobre Transacciones Financieras y el Impuesto sobre el Patrimonio.

La herramienta es informativa y no sustituye una consulta profesional: antes de declarar, verifique su caso con un asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria.

¿Cuáles son los errores más comunes al calcular impuestos del trading?

El error más común al calcular impuestos del trading es dar por hecho que la regla de los dos meses no existe para quien opera con frecuencia, cuando en realidad es la regla que más le afecta. Los errores que más distorsionan el resultado se enumeran a continuación:

  • Creer que la regla de los dos meses no se aplica al trading. Es falsa: se aplica a acciones y ETF admitidos a negociación, y precisamente el trader frecuente recompra con normalidad. En derivados no se aplica, pero eso no significa que la regla «no exista para el trading».
  • Creer que la pérdida por recompra se suma al coste de los valores recomprados. Es falsa: la pérdida no computada queda en suspenso y se integra a medida que venda los valores que le queden en cartera (art. 33.5, último párrafo LIRPF), nunca incorporándose al coste de la nueva compra.
  • Incluir los intereses overnight de los CFD en las comisiones. No son computables (DGT V2076-07 y V0076-09): incluirlos infla una deducción que la ley no admite.
  • Aplicar umbrales de operaciones o de volumen como si fueran una regla legal. Circulan cifras como «100 operaciones» o «40.000 €», pero el criterio de actividad económica del art. 27 LIRPF es casuístico y no depende de ningún umbral fijo.
  • Introducir pérdidas pendientes ya caducadas. Solo son compensables dentro de los cuatro ejercicios siguientes al de origen.

Cada uno de estos errores nace antes del cálculo, en cómo prepara los datos que introduce: la calculadora aplica la regla correctamente, pero no puede saber si el instrumento o la antigüedad de sus pérdidas son los correctos.

¿Cuál es la diferencia entre el cálculo de impuestos del trading y el cálculo de impuestos sobre ganancias patrimoniales?

La diferencia entre el cálculo de impuestos del trading y el cálculo de impuestos sobre ganancias patrimoniales no está en el impuesto, que es la misma ganancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro, sino en la unidad de cálculo: aquí se suma el saldo algebraico de todo el año, derivados incluidos, mientras que el cálculo de ganancias patrimoniales trabaja sobre una operación o el total anual de un solo tipo de valor.

AtributoCálculo de impuestos del tradingCálculo de impuestos sobre ganancias patrimoniales
Unidad de cálculoSaldo algebraico de todo el añoUna operación, o el total anual de un solo tipo de valor
Instrumentos cubiertosAcciones, ETF y derivados (CFD, futuros, opciones, forex)Acciones, ETF, fondos, obligaciones
Pregunta a la que responde«¿Cuánto debo declarar por todo el año?»«¿Cuánto pago si vendo esto?»

Si está cerrando el ejercicio y necesita sumar todas sus operaciones del año, este es el cálculo correcto; si está valorando una venta concreta de acciones o ETF, la calculadora de impuestos sobre ganancias patrimoniales trabaja sobre esa única operación y comparte con esta el mismo comparto de pérdidas pendientes.

¿Qué calculadoras están relacionadas con la calculadora de impuestos del trading?

Las calculadoras relacionadas con la calculadora de impuestos del trading cubren el resto del recorrido de una operación de trading, desde el beneficio bruto hasta el tamaño de posición que fija el riesgo antes de operar.

Las calculadoras relacionadas con la calculadora de impuestos del trading se enumeran a continuación:

  • Calculadora de beneficio en acciones: calcula el beneficio bruto de una operación, el número del que parte este cálculo fiscal.
  • Calculadora de tamaño de posición: fija el tamaño de la posición según su riesgo, el paso previo a cualquier operación que después entra en este saldo.
  • Calculadora de impuestos sobre ganancias patrimoniales: calcula el IRPF de una única operación con acciones o ETF, en vez del saldo anual.
  • Calculadora de dividendos: proyecta los dividendos que compiten por el mismo tramo de la base del ahorro.

FAQ

¿Cuánto se paga a Hacienda por hacer trading en España?

El saldo anual de trading tributa como ganancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro, con la escala progresiva del 19 % al 30 % (arts. 66.1 y 76 LIRPF). No existe una tasa específica sobre el day trading ni un régimen especial por operar con frecuencia: es el mismo impuesto que sobre una venta de acciones, aplicado al saldo de todo el año.

¿Hay un número de operaciones que me convierte en autónomo?

No. Las cifras que circulan, como «más de 100 operaciones al año» o «más de 40.000 € de volumen», no tienen base normativa. El criterio de la ley (art. 27 LIRPF) es casuístico: depende de si organiza su actividad con medios propios como una empresa, no de un umbral fijo de operaciones o volumen.

¿Se aplica la regla de los dos meses al trading con CFD o futuros?

Según el tenor literal de la norma (art. 33.5.f LIRPF), no: la regla se refiere a valores admitidos a negociación, y un CFD, un futuro o una opción son instrumentos financieros, no valores negociables. No existe, sin embargo, una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos que lo confirme de forma expresa: es una interpretación literal, no un criterio administrativo.

¿Los intereses overnight de un CFD se pueden deducir como comisión?

No. Según las consultas vinculantes DGT V2076-07 y V0076-09, los intereses de financiación de la posición (el coste overnight) no son computables para determinar la ganancia o pérdida patrimonial. No deben incluirse en el campo de comisiones del año.

¿Cómo tributan las cuentas fondeadas y las prop firms?

No existe un criterio consolidado de la Agencia Tributaria: circulan tres calificaciones posibles (rendimiento de actividad económica, rendimiento del trabajo o ganancia patrimonial) sin un criterio unificado. Esta calculadora no modela las cuentas fondeadas ni las prop firms: si opera con una de ellas, consulte a un profesional para el tratamiento correcto.

Esta herramienta tiene fines informativos y educativos, no es asesoramiento fiscal. Calcula el IRPF español sobre el saldo anual de trading para el ejercicio 2026 y excluye las cuentas fondeadas, el límite de actividad económica, los regímenes forales y el Impuesto sobre el Patrimonio. Última actualización de los datos: 28 de julio de 2026. Antes de declarar, verifique su caso con un asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria.

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